España, Historia Postal — 31 de marzo de 2014

Correspondencia franqueada en el siglo XVIII

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Publicado en El Eco Filatélico y Numismático (2011)

La primera legislación sobre el franqueo de las cartas en España la encontramos en la “Instrucción que deben observar los Administradores de las Estafetas agregadas a las principales del Reino” aprobada por el conde de Floridablanca en San Ildefonso el 26 de julio de 1784. Las antiguas normativas postales habitualmente regulaban comportamientos que ya se venían practicando. Sin otra prueba que esta suposición, podríamos pensar en unos pocos años antes de 1784 como las más antiguas fechas en las que en España se practica el pago de los portes de la correspondencia al entregar el remitente sus cartas al correo.

Antecedentes pretéritos en épocas anteriores a la creación del servicio público de correos no pueden en ningún caso considerarse correspondencia franqueada, aunque se entregara franca de portes al destinatario. Antes de que en 1717 la corona asumiera el monopolio postal y estableciera la primea tarifa postal no existe el franqueo porque los costes de la correspondencia no son una tasa según una tarifa establecida, sino un contrato de servicio con un portador (mensajero, correo, trajinero, etc,). Podremos hablar de antecedentes del franqueo, pero no de franqueo propiamente dicho. Cuando vemos cartas del siglo XVI en las que se cuantifican los portes se están cuantificando unos servicios de transporte (que además solían englobar otras mercancías, lo que explica la elevada cuantía de algunos casos).

Fig. 1 1778 (20 enero). De Calaf a Barcelona. Texto manuscrito: “A pagado los derechos pertenecientes a Su Majestad que Dios guarde” “Goser Administrador”

Fig. 1 1778 (20 enero). De Calaf a Barcelona. Texto manuscrito: “A pagado los derechos pertenecientes a Su Majestad que Dios guarde” “Goser Administrador”

Sólo la existencia de una tarifa que determine la tasa del servicio postal permitirá hablar de franqueo cuando aquella se pague por parte del remitente al entregar la misiva.

Todas las tarifas y normas postales anteriores  a esa instrucción de 1784 hablan de pago en destino jamás hay mención alguna a la posibilidad de franquear las cartas. Es en ese texto donde leemos por primera vez la posibilidad de abonar los portes en origen. A este fin dice: “…si los dueños de las Cartas o los pliegos quieren igualmente franquearlos, se haga pagando separados estos derechos al Rey, poniendo en el sobrescrito la expresión Franqueado , avisando a la Principal lo que ha cobrado para su asiento correspondiente y se ponga por ella el aviso a la administración que corresponda para que en ella no le exijan porte alguno”.

Es verdad que el párrafo transcrito se está refiriendo a las cartas certificadas; pero también debe entenderse para el correo ordinario. Así, un poco más adelante dice “También han de llevar mensualmente asiento en un cuaderno o libro de

 la Cartas que sellen en cada Estafeta para que las conduzcan Arrieros o Trajinerosú otros, como igualmente de las que franqueen y dirijan por el Correo arreglándose en esto para su cobro al porte que adeudan en la misma Estafeta

Fig. 2 1778 (23 septiembre). De Sallent a Calaf. Texto manuscrito: “Se selló y cobró su porte en esta administración de Sallent”. Firma “Por Jacinto Coch administrador, Mariano Pujol” (rúbrica)

Fig. 2 1778 (23 septiembre). De Sallent a Calaf. Texto manuscrito: “Se selló y cobró su porte en esta administración de Sallent”. Firma “Por Jacinto Coch administrador, Mariano Pujol” (rúbrica)

según tarifa las que se reciban en ella de aquellos pueblos o provincias a donde vayan la carta o pliego que se selle o franquee, poniendo los Administradores en las cubiertas de estas, la nota de franqueada con media firma”. Es decir que el coste era el mismo tanto si se franqueaba como si el pago iba a cargo del destinatario. En las figuras 1 y 2 podemos ver un par de estas rarísimas cartas.

Las cartas franqueadas de este modo, anteriores a 1790, son de extrema rareza. De hecho son raras todas las cartas con textos manuscritos respaldadas por la media firma del correspondiente administrador de correos. Pero destaquemos que la mayor parte de esas piezas son del siglo XIX y tienen como origen oficinas o administraciones postales de segundo nivel carentes de los cuños apropiados para sellarlas como franqueadas viéndose obligadas a hacerlo de forma caligráfica.

En la última década del siglo XVIII comenzamos a ver estampadas en las cartas marcas especiales de franqueo. Véanse como ejemplo las figuras 3 y 4

fig 3

Fig. 3- 1794 (22 diciembre). De Pamplona a Sangüesa. Marca “P/ FRANQUEADO” Al lado “Por el Rey” manuscritos. 

 Fig. 4 1795. De Filadelfa (U.S.A.) a Valencia. Marcas “MALAGA/ FRANCA” en color rojo estampada a la entrada en España y “FRANCA” de Valencia en negro estampada en destino.

Fig. 4 1795. De Filadelfa (U.S.A.) a Valencia. Marcas “MALAGA/ FRANCA” en color rojo estampada a la entrada en España y “FRANCA” de Valencia en negro estampada en destino.

La tabla 1 es un cuadro en el que se resumen las administraciones de las distintas demarcaciones postales en la que conozco la existencia de esas marcas estampadas con un sello o cuño específico para tal fin en el siglo XVIII:

 

Tabla 1

Tabla 1

Destaquemos varios datos que nos aporta este cuadro:

1.- Resulta cuando menos sorprendente que Barcelona capital sea la única administración postal española con marcas de franqueo en cartas anteriores a 1784 y no un poco anteriores, sino desde 1929 ¡55 años antes!!

2.- Se trata de marcas, en general, extremadamente raras ya que son más (16) las demarcaciones postales sin ni siquiera un único ejemplar conocido frente a las 13 de las que conocemos alguna carta. Además en las demarcaciones que han conservado alguna, sólo las conocemos, en su mayoría (10) pertenecientes a una única población lo que nos demuestra que franquear las cartas era algo totalmente excepcional en aquella época.

3.- Las primeras marcas que conocemos de Barcelona están redactadas en francés.

4.- Pese a que las primeras marcas de Barcelona sean francesas, las posteriores y sin período alguno de interrupción, prosiguen en castellano.

Las cartas franqueadas en esta época son extraordinariamente raras. Actualmente sólo se conoce su uso en 17 administraciones españolas de 13 demarcaciones postales diferentes. Por consiguiente, con anterioridad a 1800, hay más demarcaciones postales de las que no se conoce ni una marca de esta clase, que de las que nos consta su uso (ver tabla 2).

tabla 2

Tabla 2

La tabla 3 muestra las tres únicas demarcaciones postales que conocemos han usado marca de franqueo en más de una administración.

No parecen necesarios más argumentos para comprender que el correo era, hasta entrar en el siglo XIX, pagado casi exclusivamente por el destinatario y sólo en contadas excepciones lo franqueaba el remitente.

Tabla 3

Tabla 3

El mes pasado habíamos visto cómo la primera normativa del correo español que hacía referencia al franqueo de la correspondencia es de 1784. Eso, naturalmente, explica cómo las primeras marcas de franqueo aparecen en los tres lustros finales del XVIII; con una excepción: Barcelona.

Veamos en la tabla 4 las marcas conocidas de Barcelona

tabla 4A primera vista sorprende que Barcelona use estas marcas ni más ni menos que 55 años antes que la legislación postal trate sobre el franqueo de las cartas y encima en la correspondencia con Francia, país con quien España no había suscrito convenio alguno en ese sentido.

La  explicación a esa aparente incoherencia tiene su origen en un acuerdo suscrito en 1715 por Juan Fernández Calderón, Correo Mayor del Principado de Cataluña, con M. Baudrillé, director de Correos de Perpignan. Según convinieron, el administrador de correos de Barcelona entregaría franca la correspondencia dirigida a Francia y demás países extranjeros procedente de Barcelona, Valencia y Murcia, mientras  que el de Perpignan haría lo mismo con la dirigida a España desde las provincias del Languedoc, el Rosellón y la Provenza, si bien para otras provincias francesas más lejanas, Países Bajos, Inglaterra, Alemania, etc., el correo de Barcelona pagaría una cantidad acorde con el mayor coste que suponía su transporte.

El acuerdo se mantuvo por muy poco tiempo en vigor por desavenencias entre las partes. Ante ello Francia estableció el pago obligatorio de los portes hasta la frontera, la denominada francatura. El administrador de Barcelona también acabaría por exigir el pago de los portes hasta la frontera de las cartas dirigidas a Francia y demás países extranjeros.

No tenemos la documentación que nos permita precisar los períodos exactos y las forma de efectuarse el intercambio de esa correspondencia. Sabemos que en el convenio inicial se señalaba Pont de Moulins como lugar de intercambio, pero eso cambió al ser nombrada La Junquera como administración de cambio española.

Parece que la francatura fue establecida por Francia en 1724 y se mantuvo hasta 1760. Por su parte Barcelona también lo hizo en un principio (1724) como represalia; pero al poco tiempo desistió de la medida por considerarla perjudicial. Ante la falta de entendimiento con Francia, en fecha posterior no determinada volvió a instaurarse la francatura en Barcelona para las cartas a Francia y así seguiría hasta 1760.

Fig. 5- Aviso publicado en Barcelona el 2 de julio de 1760

Fig. 5- Aviso publicado en Barcelona el 2 de julio de 1760

En la Biblioteca Nacional de Catalunya se conserva un cartel o aviso por el que se hace saber al público el cese de la francatura de las cartas para Francia. De la misma forma quedaba extinguida la francatura de las cartas procedentes de Francia para España por la vía de Perpignan (fig. 5). Este anuncio es fruto de la resolución del 26 de mayo de 1760 por la que España establecía el segundo correo de Francia.

Los tres modelos de marcas de franqueo hasta la frontera para cartas de España al extranjero por la vía de La Junquera o a la inversa están redactadas en francés porque fueron siempre estampadas en la oficina de cambio francesa, tanto para las cartas dirigidas en un sentido como en otro. En ningún caso las utilizó el correo español. Así vino a acontecer que las primeras marcas de franqueo de cartas españolas no fueran españolas, sino francesas. Veamos un ejemplo de cada una de las tres marcas conocidas y la reproducción que de las mismas se hace en Prefilatelia Española, el catálogo de marcas postales anteriores al uso del sello adhesivo, la gran obra de Manuel Tizón.

Marca francesa tipo I (PE 63)

Fig. 6- Carta fechada en 1731 en Perpignan dirigida a Barcelona.

Fig. 6- Carta fechada en 1731 en Perpignan dirigida a Barcelona.

La figura 6 reproduce el primer tipo, el más antiguo. La primera fecha conocida de esta marca es de 1724. Curiosamente a la vez es también el modelo más moderno porque todavía lo encontramos en 1750. El ejemplar reproducido corresponde a una carta de Marsella de 1731 y la única indicación del correo español es su porte manuscrito, medio real, a pagar por el destinatario en la Ciudad Condal.

Marca francesa tipo II (PE 64)

Fig. 7- Carta fechada en Barcelona el 19 de noviembre de 1729,  dirigida a Maubeuge en el norte de Francia

Fig. 7- Carta fechada en Barcelona el 19 de noviembre de 1729,
dirigida a Maubeuge en el norte de Francia

En la figura 7 puede contemplarse una carta escrita en Barcelona donde se estampa la marca de origen lineal “BARCELONA” y por haber pagado los portes hasta la frontera, el correo francés le estampa la correspondiente marca “AFRANCHIE JUSQ/ ALA IONQUIERE” (tipo II) porteándola con 14 patars según corresponde a la tarifa gala de correo interior de 1704.

 marca francesa tipo III (PE 65)

Fig. 8– 1733 carta de Barcelona a Marsella

Fig. 8– 1733 carta de Barcelona a Marsella

Por último, el lector verá en la figura 8 el tercer y último modelo de estas rarísimas marcas francesas que se aplicaban a las cartas españolas que habían pagado los portes hasta la frontera (La Junquera). Tras el cese de la francatura en 1760 estas marcas perdieron su significación y por consiguiente desaparecen en las cartas dirigidas en uno o en otro sentido.

fig 9

Fig. 9– 22 de julio de 1759. Carta de Barcelona a Francia con la primera marca postal de franqueo de cuño española

Debemos destacar el hecho de que con anterioridad al cese de esta francatura, Barcelona creó su primera marca de franqueo. Es la que se muestra en la figura 9, y se trata de la primera marca postal española de esta clase.