Versión corregida del artículo publicado en Atalaya Filatélica, núm. 143, mayo 2014
Conocido es en nuestra historia postal el hecho de que el rey Felipe V a través de un real decreto de 21 de noviembre de 1706 incorporó a la Corona los oficios de correo mayor existentes en España. Este acontecimiento dio paso a que el 23 de julio de 1707 se iniciase un corto período provisional en el que se arrendaron mediante asiento los servicios postales, primero a Diego de Murga y Compañía, marqués de Montesacro por un millón ochocientos mil reales de vellón anualmente [1], hasta que el 1º de agosto de 1711 se efectuó un posterior asiento con Juan Francisco de Goyeneche, que hubo de durar hasta fines de julio de 1716, en consonancia con el real decreto de 13 de julio de 1716, en el que se establecía que … desde primero de agosto próximo de este año se administren de quenta de mi Real Hacienda todas las estafetas y correos de dentro y fuera de mis dominios y carreras de postas puestas y que se pusieren en ellos… [2].
Esta política obedecía a la urgencia de la Real Hacienda para obtener recursos para hacer frente a la Guerra de Sucesión. Sin embargo, los dos arrendamientos mediante asiento chocaron con las dificultades inherentes al conflicto bélico y con las causas estructurales propias de agrupar por vez primera todo el conjunto postal que antes se hallaba funcionalmente disperso, aunque la mayoría de éste se encontrase reunido en el patrimonio del conde de Oñate[3].
Montesacro no iba a gestionar directamente todos los oficios de correo mayor por lo que a su vez debió realizar diferentes subarriendos. Conocemos como la Casa de la Contratación aceptó el nombramiento el 8 de enero de 1709 de Eusebio José García en calidad de Correo Mayor de la Casa de la Contratación [4]. Y de la misma forma actuó Juan Francisco de Goyeneche, como vamos a ver.
El asiento realizado por la Corona en 1711 se efectuó con un miembro de la familia Goyeneche, representativa del grupo de navarros baztaneses que en el siglo XVIII hicieron carrera en la administración central y en los negocios, con un éxito social y económico fulgurante en la propia Corte madrileña. El miembro precursor de la familia, iniciador de su asentamiento en la capital fue Juan de Goyeneche Gastón (1656-1735), que junto a dos de sus sobrinos formaron la primera generación establecida en Madrid: Juan Tomás de Goyeneche e Irigoyen (1681-1721) y Juan Francisco de Goyeneche e Irigoyen, primer marqués de Ugena (1689-1744), todos nacidos en Arizcun (Navarra) [5].
Los hermanos Goyeneche e Irigoyen, Juan Francisco y Juan Tomás, sobrinos de Juan de Goyecneche Gastón tuvieron un desarrollo de sus actividades algo desigual, ya que Juan Francisco eclipsó a Juan Tomás en sus emprendimientos. Mientras que Juan Francisco, marqués de Ugena, se dedicó mas al mundo empresarial, amasando una gran fortuna, Juan Tomás se dedicó mas a la carrera administrativa y de burócrata, siendo miembro del Tribunal Mayor de Cuentas, así como Juez Superintendente y Administrador General de las Estafetas de dentro y fuera de estos Reynos [6], oficio que fue compaginado con el de Tesorero y Caballerizo de la reina viuda Mariana de Neoburgo. Formó otra fortuna reseñable, de la que dejó como único heredero a su hermano Juan Francisco, aumentando aún más la notoriedad de este último[7].
Juan Francisco de Goyeneche gestionó el servicio postal como anteriormente lo vinieron haciendo el conde de Oñate y el marqués de Montesacro, y por tanto procedió a subarriendos de oficios concretos. Y así lo hizo en el caso del Correo Mayor de Sevilla y de la Casa de la Contratación: … pongo a dichos Don Joseph Ignazio de Respaldiza, y Don Francisco de Respaldiza y Uriarte, a ambos juntos y a cada uno de por sí, como tales tenientes de dicho oficio de correo maior de dicha Ciudad de Seuilla, en el grado y lugar de tal director general para que gozen de las mismas onrras, honores, franquezas, livertades, exempziones y preuillegios que como tal me tocan y pertenezen por dicha razón de General Correo Maior de España y están conzedidas por Su Majestad…
Y así mediante Escriptura de Arrendamiento y Obligación, arrendó el oficio, que incluía el servicio postal en la ciudad de Sevilla, con las cartas de Indias y las funciones correspondientes en la Casa de la Contratación. En efecto, hemos de recordar como desde el 4 de julio de 1570 se reunieron ambos oficios, ya que el hasta entonces Correo Mayor de las Indias, Juan de Vargas Carvajal, ante el escribano público de Sevilla Francisco Díaz, vendió a Juan de Saavedra Marmolejo, tercer Correo Mayor de Sevilla, por 2.300 ducados el oficio de Correo Mayor de las Indias, sólo en lo relativo al uso y exercicio en estos Reynos de España, ansí en la Casa de la Contratazión de las Indias de la dicha ciudad de Seuilla, como en otras qualesquier partes fuera della. Con posterioridad esta parte del oficio fue pasando por varias manos [8], hasta que el 9 de julio de 1633 Gaspar de Guzmán, conde-duque de Olivares lo vendió por 10.000 ducados de plata a Íñigo Vélez de Guevara y Tasis, conde de Villamediana y Oñate, que era Correo Mayor de España por escritura pública ante el escribano de Madrid, Santiago Fernández, quedando reunidos por tanto, los oficios de Correo Mayor de Sevilla y de Correo Mayor de la Casa de la Contratación ya fusionados en 1570 al de Correo Mayor de España [9]. Dice al efecto Veitia Linage: Siguese de lo referido en el párrafo antecedente el ser dueño de el oficio de Correo Mayor de las Indias perpetuo, y por juro de heredad el Conde de Oñate, que lo es también de el de los Reynos de España.[10]
Juan Francisco de Goyeneche, fue nombrado como Director General del Oficio de General Correo Mayor de los Reynos de España y sus Adyacentes en el nuevo asiento que se había efectuado con el rey Felipe V [11]. La duración de dicho asiento estaba estipulada por plazo de cinco años, entre el 1º de agosto de 1711 y el 31 de julio de 1716, y a tal efecto otorgó en Madrid en arrendamiento a Joseph Ignacio de Respaldiza y Lezama, y a Francisco de Respaldiza y Uriarte, vecinos de Sevilla en la collación de San Miguel, mediante poder dado en Sevilla por ambos a Martín López Saenz el 9 de junio de 1711, Agente Maior del Excelentísmo Sr. Duque de Medina Sidonia, residente en la Villa de Madrid (al estar ausentes en la Corte), el …oficio de correio mayor lugartheniente de la dicha Ciudad de Seuilla, su distrito y agregados por el dicho tiempo de cinco años…. Los Respaldiza podrían usarlo por sí o por oficiales, o personas nombradas por ellos …reciuiendo y despachando todos los correos y pliegos, cartas y despachos a dicho oficio tocantes y pertenecientes, perciuiendo y cobrando todo lo que por razón de sus frutos y aprouechamientos se deue y acostumbra lleuar y pagar y haciendo todo lo demás que para su buena administración (…) sea necesario…
Las condiciones mas importantes del asiento fueron las siguientes:
– Que los arrendatarios debían servir y mantener durante el tiempo de duración del mismo, las postas de la ciudad de Sevilla y otra en Los Palacios …que an de correr de una parte a otra en los cauallos y recados nesesarios para los correos ordinarios y extraordinarios y gentiles hombres (…) teniéndolos con la puntualidad que se requiere…
– Los arrendatarios debían pagar a Goyeneche cada año 10.500 ducados de vellón pagados de cuatro en cuatro meses, y 5.550 del primer medio año lo entregarán de contado, que a de ser de fianza.
– Los Respaldiza habían de dar …a los Señores Ministros de Su Majestad que hasta aora a sido… y estilo las cartas libres y francas de portes…, sin que por ellos pudiesen solicitar a Goyeneche baja de los 10.500 ducados de vellón anuales.
– En el asiento no quedaban comprendidas …las cartas de Ytalia, Francia y el Norte, por qualquier vía que lleguen a el dicho oficio de Correo Maior de Seuilla, porque todas éstas, en caso de que se le encargue la administración an de tener quenta aparte para darla siempre que se les pida, como a sido estilo hasta aquí…
– Los Respaldiza …ni otra persona en su nombre no an de poder pedir rescisión deste arrendamiento, vaja, ni desquento del precio por decir que por guerra, lluvia o benidas, ni cresientes de ríos, contajio de peste…
– Si durante el arrendamiento fallecieren o se ausentasen los Respaldiza, sus sucesores se subrogarían en las obligaciones pactadas.
Los Respaldiza presentaron el testimonio de la escritura de arrendamiento ante la Contaduría la Casa de la Contratación, despachándose auto del Presidente y Jueces Oficiales Oidores por Su majestad de la Real Audiencia y Casa de la Contratación de las Indias el 31 de octubre de 1711. De ellos poco más sabemos, salvo que desde 1686, Francisco de Respaldiza Lezama había sido Teniente del Correo Mayor de España en Sevilla y en la Casa de la Contratación, hasta el momento de la incorporación a la Corona [12]. Se conservan unos autos fiscales de la Casa de la Contratación contra Francisco de Respaldiza Lezama, Correo Mayor de las Indias (parte de la Casa de la Contratación), sobre que presentase la cuenta de viajes despachados por la avería desde 12 de Abril de 1687 hasta fin de abril de 1691 [13], y también existen sus cuentas desde 12 de abril de 1687 hasta fin de agosto de 1696 [14], así cómo las cuentas que rindió ante la Casa de la Contratación entre el 1º de Septiembre de 1696 y fin de diciembre de 1703 [15].
En cuanto a José Ignacio de Respaldiza y Lezama, lo vemos como Contador de la Artillería de la Casa de la Contratación, con nombramiento el 3 de septiembre de 1709 [16] y el ya consabido nombramiento como Correo Mayor de la Casa de la Contratación, el 6 de julio de 1711 [17].
Al finalizar el asiento con los Respaldiza, una real orden de 8 de julio de 1716 establecía: …ha sido seruido nombrar a Don Juan Thomás de Goyeneche, Cauallero del Orden de Santiago, por Juez Superintendente y Administrador General de las Estafetas de dentro y fuera de estos Reynos, y con el salario de 3.000 ducados al año…[18]. Este acto marca el inicio del control directo de la gestión del servicio postal por parte de la Corona y la incardinación del mismo en la estructura burocrático-administrativa del reino.
Notas:
[1] En 2001 publiqué un artículo sobre este asiento con el Marqués de Montesacro, al obtener su texto íntegro en: LÓPEZ BERNAL, José Manuel. “El asiento de estafetas del marqués de Montesacro (1707-1711)”, Crónica Filatélica, 190, julio/agosto, 2001, págs. 58-59. Asimismo “El asiento del marqués de Montesacro de 1707-1708 para el despacho de buques correo a las Indias”, Atalaya Filatélica, 48, abril, 1990, págs. 7-10 y 49, julio, 1990, págs. 7-11. En el Archivo General de Indias (en adelante AGI), Indiferente, 1.666, se encuentra el Expediente sobre el asiento de las estafetas ajustado con el Marqués de Montesacro, 1707-1709.
[2] MAYO, Leoncio. ¡Taxi, taxi! (Historia de una familia). Madrid, Real Academia Hispánica de Filatelia, 2007, págs. 254-256.
[3] LÓPEZ BERNAL, José Manuel. Art. cit. (2001), pág. 59.
[4] AGI, Contratación, 5786,L.1, fols. 315v.-316v.
[5] AQUERRETA, Santiago. Negocios y finanzas en el siglo XVIII: la familia Goyeneche. Navarra, EUNSA, 2001.
[6] Anales de las Ordenanzas de Correos de España, Tomo I (1283-1819). Madrid, Imprenta General, 1879, pág. 85.
[7]AQUERRETA, Santiago. Op. cit., págs. 35-44.
[8] Todas estas sucesiones en el oficio quedan documentadas en AHPMad., 1.895, fols.1771 r.-1.772 r. Sobre el oficio de Correo Mayor de las Indias en la Casa de la Contratación y sus vicisitudes, véase: LÓPEZ BERNAL, José Manuel. “El Correo Mayor de las Indias en la casa de la Contratación de Sevilla: sus antecedentes, creación y funcionamiento”, en: VV.AA. Los Correos Mayores de Yndias. Madrid, Federación Española de Sociedades Filatélicas, 2014, págs. 17-38.
[9] BOSE, W. B. L., “Organización del Correo en España y en las Indias Occidentales”. Revista de Correos y Telégrafos, 60, Buenos Aires, 1942, págs. 1.549-1.558 [pág. 1.551].
[10] VEITIA LINAGE, J. de, Norte, Libro I, capítulo XXXII, 6 pág. 245. Sobre todas estas ventas y sucesiones hay cierta disensión en la historiografía sobre las fechas, véase también: VALLEJO GARCÍA_HEVIA, José María, “El Correo Mayor de las Indias (1514-1768)”, En Actas del XII Congreso Internacional de Historia del Derecho Indiano, Toledo, 1998, Vol. 2, 2002, págs. 1.785-1.810.
[11] Archivo General de Indias, Contratación, 5786, L.1, 351v.-356r.
[12] AGI, Contratación, 4.334-4.338.
[13] AGI, Contratación, 194, Ramo 12, Núm. 8.
[14] AGI, Contratación, 4337.
[15] AGI, Contratación, 4338.
[16] AGI, Contratación, 5786, L.1, fols. 324-325.
[17] Idem, fols. 347-352.
[18] Anales de las Ordenanzas de Correos de España, Tomo I (1283-1819). Madrid, Imprenta General, 1879, pág. 85.