2001, Fue noticia — 30 de junio de 2001

Los impuestos y su reflejo en los enteros postales administrativos espeñoles

por

Conferencia de Javier Padín

Fundación Albertino de Figueiredo

Madrid 17 de mayo de 2001

La filatelia actual no se parece en casi nada a la que apareciera como una nueva forma de coleccionismo la segunda mitad del sigo XIX. No se trata ya de las diferencias inherentes a la extraordinaria expansión que ha hecho de ella la afición coleccionista más extendida en todo el mundo. Es que esencialmente ha cambiado.

La forma de coleccionar es completamente distinta. En la actualidad ya no sólo se trata de reunir ejemplares y ordenarlos de una manera determinada. Ahora además de los sellos se coleccionan otros objetos: cartas, mapas, documentos de todo tipo relacionados con el ámbito postal, etc. Y no sólo eso, no sólo ha aumentado el número de objetos susceptibles de formar parte de una colección filatélica, el coleccionista busca la explicación o razón postal de cada pieza.

Muchos son todavía los interrogantes sin resolver que la filatelia española nos ofrece. Investigadores y estudiosos nos los van resolviendo poco a poco. Es en este contexto en el que se entronca la intervención que Javier Padín nos ofreció en la conferencia que pronunció en la Fundación Albertino de Figueiredo. Una conferencia que aportaba la explicación precisa a unos enteros postales de los que se conocía su existencia, muy raros, pero cuya razón de ser todavía estaba por desvelar: los enteros postales administrativos.

Son un tipo de sobres y etiquetas destinados al correo certificado que en el catálogo de enteros editado hace 20 años por la Galería Filatélica de Barcelona los incluíamos en el apartado de «emisiones de iniciativa privada», concepto erróneo que Edifil siguió en todas sus ediciones del catálogo especializado de España en los que los ignoraba inmersos entre los que clasificaba como privados y únicamente reseñaba individualizado el 1,80 pesetas de Franco del giro postal tributario. En la edición de 1991 Edifil crearía un apartado bajo el epígrafe «etiquetas para correo oficial»; pero no hacía distinción alguna entre sobres y etiquetas; diferenciación que sólo llegaría en la edición de 1991 bajo la denominación, más correcta, de «emisiones de la administración pública».

Se trata de un capítulo de historia postal extraordinariamente interesante aún para los que no sentimos una especial atracción por los enteros postales y de una rareza inusitada, ya que, con la excepción de los del giro postal tributario en nuevo, sólo se conocen 31 ejemplares (9 sobres y 22 etiquetas) desde su inicio a principios del siglo XX hasta 1950 como nos recordaba Javier Padín.

Estos enteros, nos explicó Padín, estaban directamente vinculados al desarrollo de determinados impuesto. A su puesta en práctica (naipes y timbre) y al pago por parte de los particulares el último tipo.

Como se trataba, tanto los del impuesto del timbre como los del impuesto de naipes, de enteros destinados los envíos oficiales  por correo certificado, gozaban de franquicia postal, pero debían pagar la tasa de certificado. Es por eso que la viñeta impresa cubre sólo el importe de este servicio (primero 25 céntimos hasta 1920, 30 céntimos hasta 1938 y 40 céntimos hasta 1954). El giro postal tributario, por ser correspondencia de los particulares no gozaba de franquicia, así que el sello de 1,80 pesetas que llevaba impreso comprendía el porte de una carta sencilla (80 céntimos) más el derecho de certificado (1 peseta).

Por primera vez tuvimos acceso a toda la normativa legal-administrativa que regula y explica esta clase de enteros. Un excelente trabajo de investigación que debemos agradecer a Javier Padín.