España, Historia Postal — 5 de junio de 2015

¿Una tarifa plana aplicada en el correo del siglo XVII?

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Texto publicado en la revista El Eco Filatélico y Numismático

 

Descubrimiento de un documento que demuestra la potestad de los correos mayores locales de alcanzar acuerdos postales con ciertos clientes para rebajar los portes de las cartas recibidas.

 

Uno de los periodos históricos menos estudiados desde el punto de vista postal es el denominado como “Época de los Privilegios Postales” (siglos XVI y XVII). El 18 de enero de 1505, Felipe I el Hermoso nombró correo mayor de Castilla a Francisco de Tassis con la misión de organizar las postas y el transporte de la correspondencia real entre Castilla y los demás territorios imperiales. Desde aquel momento y hasta 1706 (1), el oficio de Correo Mayor General recaerá exclusivamente en miembros de la familia Tassis, y cuando esta línea directa se extinga en 1622 con la muerte del II conde de Villamediana, pasará a la rama familiar colateral de los Vélez de Guevara (condes de Oñate). (2)

Durante este periodo de aproximadamente 200 años, los correos mayores generales se dedicaron, no solo a dar curso a la correspondencia del monarca y sus ministros, virreyes o consejeros, sino que, paulatinamente, y sobre todo, a partir de mediados del siglo XVI, se irá organizando un servicio general para gestionar la correspondencia particular de los súbditos de Su Majestad Católica.

Este importante paso se conseguirá gracias a la mejora de las vías de comunicación postal entre ciudades y territorios mediante la institución de correos ordinarios y estafetas y la aplicación de una tarifa única con un coste muy económico para las cartas circuladas dentro de los territorios de la Península Ibérica: medio real de vellón (17 maravedíes) para las cartas sencillas. (3)

La organización postal Tassiana se basó fundamentalmente en las concesiones, en régimen de alquiler o venta, de derechos de explotación en calidad de monopolio otorgadas por el Correo Mayor General a diversos personajes (correos mayores o maestros de postas de villas, ciudades y territorios), los cuales, a su vez, pudieron optar por la explotación directa de este oficio o por el subarriendo a terceras personas de los citados derechos.

Gran parte de los usos en la gestión de estos oficios de correos venían impuestos por la costumbre, con lo cual se garantizaba cierta armonía en su funcionamiento interno y en las relaciones entre los diferentes  correos mayores. La Administración rara vez se inmiscuía en la organización postal, salvo en casos de conflictos generados entre correos mayores, o entre estos y los usuarios. También llegaría a interferir cuando detectase que esta gestión pudiera perjudicar los intereses del Estado.

Uno de los usos postales consuetudinarios más firmemente arraigado fue el establecimiento del porteo de medio real para las cartas sencillas dirigidas a cualquier punto de la Península. La alteración de esta tarifa al alza por parte de algún correo mayor podría suponer la pena de prisión para éste, como de hecho le sucedió al correo mayor del Reino y Ciudad de Valencia, Pedro de Valda a mediados del siglo XVII.

No obstante, y a juzgar por los porteos anotados en muchos sobrescritos, sí se permitieron el establecimiento de porteos inferiores al medio real (especialmente de 8 y 12 maravedíes); lo cual nos induce a pensar que los correos mayores en el ámbito de los territorios por ellos regidos, autorizaban rebajas de las tarifas. Las razones en las que se pudieron basar para proceder de tal manera, por el momento, se encuentran en el campo de la especulación.

El documento que expondremos a continuación fue encontrado en el transcurso de una investigación en el Archivo Histórico Municipal de Trujillo. (4) Consideramos que tiene un importante valor histórico-postal, ya que demuestra la potestad conferida a los correos mayores de ciudades, villas y territorios de alcanzar acuerdos y convenios con ciertos clientes a la hora de reducir, o incluso, suprimir los portes de las cartas. Este hecho explicaría la razón de que encontremos porteos moderados o ausencia de los mismos en muchos sobrescritos de la época.

1660 Pagare a favor de la viuda del Correo Mayor -1- web

1660. Carta de pago de 100 reales a favor de Doña Inés Picón de Salamanca viuda del Correo Mayor de Trujillo, Alonso de Aguilar Calva, por el salario que se le debe por un año de sus servicios concluidos el 22 de octubre del año 1659.

Dorso del pagaré en favor de la viudad del Correo Mayor de la ciudad de Trujillo

Dorso del pagaré en favor de la viudad del Correo Mayor de la ciudad de Trujillo

Se trata de una carta de pago emitida por el concejo de Trujillo el 16 de enero de 1660 por importe de 100 reales de vellón librada a favor de Inés Picón de Salamanca, viuda del Correo Mayor de dicha ciudad, Alonso de Aguilar Calva (5), fallecido unos meses antes. El concepto por el cual se extiende esta libranza habla por sí mismo:

La Justicia y Regimiento de la mui Noble y mui Leal ciudad de Truxillo mandó a Antonio Muriel, mayordomo de nuestros propios que de su cargo pague a Dª Ynes Picon de Salamanca la viuda de Alonso de Aguilar Calva, Correo mayor que fue de esta ciudad, cien reales que se le deven por los mismos que se le davan cada año por los portes de las cartas que venian para esta ciudad en el Correo y son de un año que cumplió por veinte y dos de Octubre del pasado del cinquenta y nueve”

 Efectivamente, al consultar el libro de acuerdos del concejo, comprobamos que el 22 de octubre de 1655 aparece esta anotación:

La ciudad acordo se den cien reales a Alonso de Aguilar Calva, correo mayor desa ciudad por un año que ha de comenzar a correr desde oy por los portes de las cartas que vinieren para esa ciudad y para el corregidor de ella, y para los cavalleros, comisarios de los negocios que la ciudad tiene en la corte y porque el dicho correo mayor tenga cuidado de hazer se den dichas cartas.

 Como podemos observar, la concesión de la cantidad de 100 reales tiene una periodicidad anual y se lleva a cabo con carácter previo al comienzo del servicio, por lo tanto, ayuntamiento y correo mayor están acordando el pago de una cantidad fija con independencia del número de cartas que se reciban a lo largo de dicho año. Tenemos constancia que este convenio postal se aplicó ininterrumpidamente entre 1655 y 1659, prorrogándose al término de cada año hasta el fallecimiento de dicho correo mayor.

 Este convenio solo regía para las cartas y pliegos circulados a través del servicio de los ordinarios y las estafetas y no de los correos extraordinarios despachados con mensajes urgentes a voluntad del remitente, los cuales tasaban sus viajes en función de la distancia recorrida y del tiempo empleado en recorrerla. En el mismo libro de acuerdos, con fecha 19 de agosto de 1655 hemos encontrado la aprobación del pago de 100 reales a un correo por un único viaje en que portaba despachos a la Corte.

 Utilizando como referencia la tarifa de 1/2 real podríamos suponer que para amortizar esta cantidad bastaría con que el ayuntamiento recibiera a lo largo de un año más de 200 cartas por el servicio de estafetas; cantidad que debemos suponer, sería sobrepasada con creces, teniendo en cuenta que sólo su correspondencia con la Corte de Madrid debía de ser abundante e implicaría el transporte de grandes pliegos de documentos y despachos cuyo porte se calculaba en función del peso.

 Esta forma de satisfacer los portes de las cartas, explicaría la razón de que muchas cartas no contengan anotación del porte en su esquina inferior izquierda, ya que su destinatario no tendría que abonar ninguna cantidad a su recepción al estar recogida dentro del citado convenio postal. Obviamente, las cartas dirigidas al ayuntamiento que durante este periodo se encontraran porteadas en origen no serían tampoco cobradas.

 Es muy posible que los correos mayores recibieran algún tipo de contraprestación por parte del ayuntamiento, la cual desconocemos; no obstante, resulta significativo que encontremos un nuevo documento fechado en 1675 en el que el concejo de Trujillo aprueba la libranza de 250 reales para “mandar hacer dos maletones de baqueta de moscovia para llevar las cartas del correo con toda seguridad” cuyo beneficiario sería el correo mayor de la ciudad en aquel momento, don Diego Antonio de Noguerol. Quizás el ayuntamiento trujillano asumiera algún tipo de contrapartida en especies para colaborar en el mantenimiento del oficio de postas.

 En todo caso, no sabemos si ese convenio rigió exclusivamente para los citados 4 años o si se prolongó en el tiempo con algunas modificaciones en sus clausulas. Lo que sí parece demostrado es que los correos mayores contaron con ciertas prerrogativas en el ámbito de su administración postal como era realizar significativos descuentos en las tarifas postales que bien pudieron afectar a importantes personajes o instituciones cuyo volumen de correspondencia recibida fuera muy alto.

 Más de tres siglos después la aplicación de tarifas planas a usuarios de teléfonos móviles en las que se paga una cantidad fija con independencia del número de minutos que se consuma a lo largo de un mes se encuentra al orden del día: Nihil novum sub sole.

 

 

 

Notas

1.-  Con la llegada de los Borbones al trono, Felipe V incorpora el servicio de correos a la Corona en 1706, quitando el privilegio a la familia Vélez de Guevara. Al poco tiempo de poner el servicio postal en manos de la Corona, el monarca se ve en la necesidad de arrendarlo nuevamente: primeramente al marqués de Monte Sacro y después a Juan Francisco Goyeneche, quien lo ejerció hasta 1717, año en que fue abolido el cargo y el servicio pasó definitivamente a ser administrado por la Corona.

2.- Al morir asesinado Juan de Tassis y Peralta en 1622 sin descendencia, Íñigo Vélez de Guevara y Tassis, primo hermano del anterior inicia un pleito por adquirir los títulos y el mayorazgo de éste, convirtiéndose así en Correo Mayor General.

3.- VALDA, Pedro de: Hechos y Discursos sobre los pleytos ciuiles, que leua Don Pedro de Valda, Cauallero de la Orden de SaNtiago, y Correo mayor de su Magestad en la Ciudad de Valencia, con el Abogado Patrimonial de su Magestad en la Real Audiencia de dicho Reyno, y otras particulares personas: y en defensa del pleyto fiscal contra dicho Don Pedro, vnos, y otros, sobre el derecho, y portes de las cartas, y pliegos que llegan de qualquier parte à dicha Ciudad, y Reyno. Año 1658. Universitat de València. Fondo Antiguo Sig.: A-D2

4.- Agradecemos a la archivera María Luisa López Rol, su amabilidad y colaboración en la localización de esta documentación.

5.- Fue también corregidor de Trujillo y adquirió el puesto de correo mayor mediante contrato de arrendamiento firmado en 1653 con Lorenzo de Paniagua, vecino de Cáceres y primo de doña Inés Picón de Salamanca.

Transcripción completa del documento: 
1660 Pagare a favor de la viuda del Correo Mayor - transcipcion - web